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Curatos por oposición (1858) 

Sandoval de la Reina era un curato de primer ascenso.

 

La España
14 de julio de 1858

Nos, el doctor don Fernando de la Puente y Primo de Rivera, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica arzobispo de Burgos, caballero de la Gran Cruz de las reales órdenes distinguidas de Carlos III y Americana de Isabel la Católica, predicador de S.M., senador del reino, prelado doméstico de Su Santidad, asistente al Sacro Solio Pontificio, etc., etc.

Hacemos saber: Que hallándose vacantes en nuestro arzobispado y en los territorios exentos de la abadía de Lerma y arcedianato de Briviesca, que nos están encomendados en administración apostólica, los curatos que a continuación se expresan, erigidos como propios conforme a lo dispuesto en el último Concordato [de 1850], cesando el privilegio de patrimonialidad de que antes gozaban, hemos resuelto celebrar concurso para la provisión de ellos, según la forma prescrita en el Santo Concilio de Trento; provisión en que se incluirán también los que, por cualquier título, se hallaren vacantes, al tiempo que elevamos a S.M. las últimas propuestas.

Curatos de término
El de la parroquia mayor de San Pedro de Lerma

De primer ascenso
Arraya, San Miguel de Pedroso, Bañuelos de Bureba, Fonzaleche, Sotragero, Barrios de Bureba, Estramiana, Sandoval de la Reina.

De entrada
Galarde, Urrez, Alcocero, ...

Rurales de 1ª clase
Cillamayor, Rebolledillo de la Orden, Alarcia, ...

Rurales de 2ª clase
Cordovilla de Aguilar, Corvio, Mahave (priorato), Cojóbar y su anejo Olmos-albos,...

Los ejercicios de oposición se harán con arreglo al método establecido por el señor Benedicto XIV en su bula que empieza Cum illud, a saber, una plática escrita en castellano sobre el Evangelio o punto del Catecismo de San Pío V, que fuere señalado y contestar también por escrito y en latín a las preguntas de moral que el Sínodo hiciere, concediéndose para cada ejercicio el tiempo de cuatro a cinco horas.

Los que quieran mostrarse opositores comparecerán por sí o por medio de procurador en nuestra secretaría de cámara, durante el perentorio término de sesenta días contados desde la fecha de este edicto, y deberán presentar la correspondiente solicitud que exprese su actual residencia, acompañando la fe de bautismo legalizada en forma, los títulos de órdenes y demás documentos por los que se acrediten las cualidades, méritos literarios y cargos que cada uno hubiere desempeñado; los de ajena diócesis presentarán además las testimoniales de buena vida y costumbres y vocación al estado eclesiástico dadas por sus respectivos prelados, con advertencia de que, pasado dicho tiempo, no se recibirán en manera alguna los expresados documentos, debiéndose proceder a los actos de oposición en los días 15 y 16 del próximo septiembre.

Terminados los ejercicios y clasificados por los examinadores sinodales, propondremos a S.M. los que, juzgaremos más idóneos para el desempeño del ministerio parroquial, entendiéndose que los previstos han de estar al resultado de la nueva demarcación y clasificación de parroquias que se hiciere canónicamente, con arreglo al último Concordato.

Dando en Santa Gadea de Valdegovía, en Santa Pastoral Visita, a cinco días de mes de julio de mil ochocientos cincuenta y ocho.
Fernando, arzobispo de Burgos.
Por mandato de S.E.I. el arzobispo mi señor, doctor Félix Martínez, secretario.

 

 

de la hemeroteca digital de la Biblioteca Nacional de España
página creada el 18/04/2018