Competencias y derechos del Juzgado de Paz (1945)
El juez de primera instancia de Villadiego, don Francisco López Quintana, remitió el 22 de noviembre de 1945 a los 38 Juzgados de Paz de su comarca judicial, incluido Sandoval de la Reina, una circular, en cumplimiento de una Orden de 27 de septiembre de ese año del Ministerio de Justicia. En dicha circular se comunicaban las reglas que deberían observarse en dichos juzgados de paz en dos aspectos: las competencias y los derechos (los dineros).
La Orden de 24 de marzo de 1945 (BOE 02/04/1945) aprobó la demarcación de los juzgados municipales, comarcales y de paz. Es decir, los juzgados de paz, que ya existían desde mucho antes, sufrieron un proceso de comarcalización en 1945. Quedaban bajo la supervisión del Juez Comarcal correspondiente.
Esta Orden daba cumplimiento a los preceptos contenidos en la Ley de la Justicia Municipal de 19 de julio de 1944 desarrollada por el Decreto de 8 de diciembre de ese año.
En 1945 había 38 juzgados de paz en la Comarca Judicial de Villadiego. Eran estos:
Acedillo |
Rebolledo de la Torre |
Valle de Valdelucio |
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Las reglas comunicadas a los juzgados de paz de la comarca eran las siguientes:
EN CUANTO A COMPETENCIAS:
El Juzgado de Paz es únicamente competente:
1.º Para entender los actos de conciliación en materia Civil y Criminal.
2.º Para conocer en primera instancia y dentro del término municipal a que alcance su jurisdicción, de los hechos punibles que el Código Penal y Leyes especiales calificaban de faltas, con excepción de la imprenta*, lesiones y estafa.
3.º Para la formación de atestados con ocasión de los delitos hasta que pueda actuar en función preventiva el Juez Comarcal o intervenga directamente el instructor, absteniéndose de practicar diligencias sumariales** como hasta la fecha se venía haciendo.
4.º De la substanciación y fallo en primera instancia de los juicios verbales civiles en cuantía no superior a 250 pesetas.
* [Faltas de imprenta: En 1945 regía la Ley de Prensa de 1938, sustituida por la "Ley Fraga" de 1966. Por tanto, en 1945 las «faltas de imprenta» eran la categoría más leve de infracción a la normativa de prensa: irregularidades o desobediencia a las disposiciones administrativas sobre publicaciones (censura previa, consignas, requisitos formales, etc.) que no llegaban a constituir delito. Normalmente, se castigaban con multas.]
** [En 1945, las diligencias sumariales estaban marcadas por los juicios sumarísimos de la posguerra franquista y por una importante unificación legislativa: la promulgación del nuevo Código de Justicia Militar de 17 de julio de 1945. Este tipo de procedimiento penal se caracterizaba por su extrema rapidez, la falta de garantías procesales y por su uso como herramienta de represión política.]
EN CUANTO A DERECHOS
El Juzgado observará las siguientes disposiciones:
a) Todos los documentos y actuaciones que se practiquen referentes al Registro Civil se reintegrarán con arreglo a la Ley del Timbre del Estado y los derechos asignados a los encargados del Registro (Juez y Secretario) se harán efectivos en pólizas y sellos móviles, que serán adheridos al documento de que se trate.
b) De la misma manera, los derechos arancelarios correspondientes a juicios civiles y criminales se harán efectivos en papel de pagos al Estado, absteniéndose de percibir en metálico cantidad alguna derivada de las actuaciones que practiquen.
c) Los aranceles aplicables son los actualmente vigentes, con el aumento del 20 por 100 autorizado por Decreto de 20 de julio de 1943.
d) Los Secretarios de los Juzgados o sus sustitutos estarán encargados de hacer efectivos los derechos arancelarios de la manera indicada y serán directamente responsables de su exacta aplicación.
e) A cada demanda que se presente deberá acompañarse en papel de pagos al Estado el importe íntegro de los derechos arancelarios, que se irán inutilizando a medida que se inicien los periodos; si el actor desistiese del procedimiento, podrá solicitar la devolución del papel que no se hubiese inutilizado.
f) De la misma manera, [en] los asuntos relativos al Registro Civil, antes de expedir las certificaciones, se exigirá la entrega de las pólizas y sellos necesarios para el abono de los derechos arancelarios.
El juzgado de paz de Sandoval de la Reina fue suprimido en 1978.






